Moral social

La moral Cristiana sobre la sociedad: Fundamentos, objetivos y principios
 
1. Moral social y moral personal
2. Fundamentación de la moral social
3. Principios fundamentales de la ética social cristiana
4. Especificidad de la ética social cristiana

Fuentes bíblicas y evolución histórica de la moral social cristiana

1. Aproximación bíblica a la moral de la sociedad
2. Aproximación histórica a la moral social
3. La cuestión social en el origen de la Doctrina Social de la Iglesia

La Doctrina Social de la Iglesia

1. Formación del corpus de la Doctrina Social de la Iglesia
2. Naturaleza de la Doctrina Social de la Iglesia

Doctrina sobre diversas realidades sociales

1. La cuestión demográfica
2. La revolución científico-técnica y las nuevas tecnologías
3. La cuestión ecológica
4. La familia y los más débiles de la sociedad

Doctrina social sobre la cultura

1. La cultura
2. La educación
3. Los medios de comunicación social

Doctrina social sobre la política

1. Ética y política
2. La comunidad política
3. El compromiso político del cristiano

Doctrina social sobre la economía

1. Economía y ética
2. Finalidad de la economía: satisfacer necesidades humanas
3. El trabajo humano
4. La propiedad
5. La empresa
6. El mercado
7. El sindicato
8. La intervención del Estado en la economía

 

SITIOS RELACIONADOS

León XIII: Rerum novarum
Juan XXIII: Pacem in terris
Concilio Vaticano II: Gaudium et spes
Pablo VI: Populorum Progressio
Pablo VI: Octogesima adveniens
Juan Pablo II: Laborem exercens
Juan Pablo II: Sollicitudo rei socialis
Juan Pablo II: Centesimus annus
Catecismo de la Iglesia Católica

 

 

DOCTRINA SOCIAL SOBRE LA POLÍTICA

1. Ética y política (1)

1.1. Etimología y conceptos de política y de ética

Política proviene de πολις y se refiere a la ciudad-estado. Actualmente evoca a los partidos políticos y a los modos de gobernar. Restrictivamente se refiere a las actividades del poder para el gobierno de la comunidad, para acceder a ese poder o para conservarlo. En sentido amplio abarca cualquier conducta que influya en los asuntos públicos.

Ética (εθος) significa en griego comportamiento o carácter adquirido. Se traduce al latín como moral (costumbre). Ambos términos no son del todo sinónimos, pues la ética se usa para la reflexión teórica y la moral para la realización práctica. La ética no debe confundirse con el civismo o con las convenciones sociales. La ética no afecta sólo a las decisiones individuales, sino que se relaciona también con modelos sociales y con las normas morales que ofrece.

En las relaciones entre ética y política se dan opciones entre las siguientes concepciones teóricas:

  • Anarquía: niega la posibilidad de relación entre ética y política porque todo poder político es en sí mismo injusto.

  • Realismo político: admite la relación entre ambos campos, porque la ética permite alcanzar el fin político propuesto. Puesto que a veces será necesario elegir un medio inmoral para conseguir el fin político, algunos defienden que debería existir una ética distinta para la política.

  • Maquiavelismo: teóricamente es posible una relación entre ética y política, pero en la práctica ésta es imposible porque la política requiere comportamientos inmorales.

  • Opción de la Doctrina social de la Iglesia: la política no tiene motivo para renunciar a la ética. El poder es necesario y por ello no puede ser malo. Por tanto, la política en su realización práctica puede estar condicionada por la moral.

1.2. Fundamentos éticos para la acción política

a) La Sagrada Escritura: La moral política tienen también un fundamento en la Sagrada Escritura, pero de ella no se desprenden modelos o criterios políticos válidos para realidades o problemas del mundo actual. El Evangelio no se impone a la voluntad de las personas ni ofrece recetas o fórmulas automáticas. Lo sagrado no anula lo temporal, ni el mundo profano puede cerrarse a lo sobrenatural. La técnica política escapa al mensaje del Evangelio, pero el Evangelio incide sobre la comunidad de las personas organizada en comunidad política, la cual debe impregnarse de sentido cristiano.

b) El Derecho natural: El Derecho natural se impone a la conciencia y al ordenamiento jurídico en su totalidad. Este derecho deriva de la naturaleza, depende del Creador y une al hombre con la universalidad de la humanidad. Los principios de este derecho son descubiertos por el conocimiento reflexivo, y la Iglesia los ha ido concretando a lo largo de los siglos. Unas normas serán de carácter permanente, otras de duración limitada. Pero ambas deben ser recogidas por el derecho positivo. Obedeciendo los dictámenes del Derecho natural, se obedece a la ley de Dios. La revelación no suprime el Derecho natural; por el contrario, lo supone y lo supera. Así, toda actividad verdaderamente humana es también actividad cristiana.

c) La dimensión personal y social del ser humano: La persona humana, por su condición de “hijo” e imagen de Dios, debe ser reconocida como preeminente. La comunidad política debe reconocer y respetar la dignidad humana de sus miembros y la de otras comunidades políticas. Servir a la comunidad política es en primer término reconocer la dignidad de sus miembros. También debe cuidarse la dimensión sobrenatural de la persona. Por esto, la autoridad política debe estar regida por los principios de solidaridad y de subsidiariedad (2).

d) La misión del poder político: El ejercicio indebido del poder daña a la comunidad. Por tanto, ese poder político debe estar domesticado y sometido a la ley. Pero la autoridad debe someterse en primera instancia a la ley divina, intentando reducir la coacción y previniendo la violencia mediante medios pacíficos (3).

e) La recta razón: Un fundamento de la dimensión moral de la política está en la recta razón. Ni todos los males sociales se pueden atajar con la ley ni todas las normas éticas deben transformarse en ley civil. Pueden darse situaciones de conflicto moral cuando se pretenden evitar males mayores, por lo que será necesaria una solución política dictada desde la prudencia. Esa solución política no puede recurrir a medios inmorales y debe ser fiel a valores superiores: el fin no justifica los medios.

1.3. Historia del Magisterio pontificio sobre la política

1.3.1. León XIII

En la Humanum genus (1884) se rechaza una moral cívica basada en el subjetivismo y en la ausencia de normas objetivas que controlen la actividad política. En la Inmortale Dei (1885) se refiere a la constitución cristiana de los Estados y en la Libertas praestantissimum (1888) examina la libertad y el liberalismo, y se opone al agnosticismo y al laicismo integral del Estado y de la escuela. La Sapientiae christianae (1890) se dedica a los deberes ciudadanos y llama a los cristianos a participar en las instituciones políticas, pero advierte para que ninguna formación política monopolice la fe católica. Defiende la práctica libre de la religión, reconoce la indisolubilidad del matrimonio, la educación cristiana, la paz social y las relaciones de la Iglesia con el Estado.

Dos años después del primer centenario de la Revolución francesa se publica la encíclica Diuturnum illid (1891) sobre la autoridad política. En ella se afirma que el poder dimana de Dios, no de un supuesto contrato social, y este poder se establece en la dimensión social de la naturaleza humana. Asimismo, el poder puede ser elegido por la sociedad. En la Au milieu des sollicitudes (1892) el Papa invita a los franceses a que reconozcan una posibilidad al sistema democrático juntos con los demás sistemas políticos, como la monarquía.

1.3.2. De León XIII al Concilio Vaticano II

a) PÍO X (1903-1914): Para él la existencia de dos sociedades distintas (el Estado y la Iglesia) implica una relación basada en el reconocimiento mutuo y en los derechos específicos de cada uno. El Estado no puede condicionar a la Iglesia ni la Iglesia al Estado. No obstante, el Estado sí está obligado por las normas morales.

b) BENEDICTO XV (1914-1922): Acude al pacifismo evangélico en los años de la Primera Guerra mundial. En la Ad beatissimi (1914) presenta su tarea como el ofrecimiento de las condiciones necesarias para la reconciliación de los pueblos. La guerra es consecuencia de la crisis moral que vive Europa, la cual desborda el marco político y se adentra en las conciencias. Como remedio ofrece: la caridad cristiana en las relaciones humanas, el origen divino de la autoridad, la obediencia debida, la justicia como base de la convivencia y una recta percepción de la felicidad. En la nota Dès le debut (1917) propone a los gobiernos en guerra las medidas para una paz justa y verdadera: el desarme, el arbitraje, vías de comunicación libres, reparación de los daños, liberación de los territorios ocupados y arreglo pacífico de los conflictos. En la encíclica Pacem Dei (1920) se centra en la caridad cristiana y niega la existencia de una doble moral, la del individuo y la del Estado.

c) PÍO XI (1922-1939): En el momento en el que los totalitarismos ocupan el poder político en Europa, el Papa expone la concepción cristiana del Estado; reafirma el papel de los poderes públicos para alcanzar el bien común y clarifica los límites de la actuación del Estado. En la Non abbiamo bisogno (1931) condena la estatolatría, la agresión política a las conciencias y el monopolio estatal de la enseñanza. En la Mit brennerder Sorge (1937) condena el racismo del Estado nazi y el derecho entendido como una función de utilidad nacional. En la Divini Redemptoris (1937) condena el comunismo por su visión materialista y atea de la realidad y formula el principio de subsidiariedad.

d) PÍO XII (1939-1958): Su doctrina sobre la política queda expuesta principalmente en sus Radiomensajes de Navidad. En In questo giorno (1939) enumera los puntos fundamentales para conseguir una paz justa y honrosa: la independencia de las naciones, el desarme mutuo, instituciones jurídicas que garanticen el cumplimiento de los tratados, el respeto de las exigencias de las minorías, de los tratados internacionales soportados sobre la responsabilidad política, de la justicia y el amor. En Grazie (1940) presenta las bases para construir un nuevo orden internacional sobre una sana moral: la verdad, la fidelidad entre los pueblos, el derecho, la equidad económica, la solidaridad jurídica y económica, y la declaración teórica de unos derechos jurídicos imprescindibles. En Nell’alba (1941) se exponen los presupuestos sobre los que se debe basar un orden internacional nuevo. Es rechazable la agresión contra la libertad de los pequeños Estados y contra las minorías. Es ilícito el acaparamiento de la riqueza mundial por ciertas naciones, así como la desenfrenada carrera de armamentos y la persecución contra la religión y contra la Iglesia. En Con sempre (1942) se atiene al orden interno de los Estados. Sus fundamentos son: la dignidad y derechos de la persona humana, la defensa de la sociedad como unidad articulada (y especialmente de la familia), la dignidad del trabajo como medio de perfeccionamiento personal y el establecimiento de un ordenamiento jurídico en el Estado soberano. En Benignitas et humanitas (1944) se valora la democracia y se enfrenta a los Estados totalitarios. La democracia es el régimen más acorde con la Doctrina social de la Iglesia, porque coloca a la persona en el centro de la vida social.

e) JUAN XXIII: Con la Pacem in terris (1969) se ofrece la constitución de un orden mundial basado en la justicia y en respeto a los derechos humanos. En ella afronta los siguientes temas: derecho y deberes de la persona, la naturaleza y función de la autoridad, el bien común y formas de gobierno, la autoridad política mundial, evaluación de la ONU y el cristiano y la política.

1.3.3. Del Concilio Vaticano II a nuestros días

a) CONCILIO VATICANO II: En al Gaudium et spes (1965) se dedica un capítulo a la comunidad política y se coloca como base moral de la vida pública la participación libre y activa de todos los ciudadanos. También se abordan las relaciones entre La Iglesia y el Estado; particularmente en la Declaración Dignitatis humanae se abogó por la libertad religiosa.

b) PABLO VI (1963-1978): Para él la ciencia, la técnica y la organización política están al servicio de la paz del hombre, de sus derechos y deberes. En la Octagesima adveniens se observa de manera favorable el encuentro del cristiano con lo político. Se ofrece una alternativa a la sociedad científico-técnica y se presenta a la Iglesia como buscadora de caminos de justicia. Afirma el pluralismo de los cristianos en la acción y en el compromiso social y se aportan criterios para que el cristiano pueda discernir en sus compromisos políticos, sin poner en peligro la fe cristiana.

c) JUAN PABLO II (1978-2005): El Mensaje ante la ONU en 1979 lo dedica al tratamiento del tema político. También la Centesimus annus aborda escuetamente el tema de la democracia y defiende los derechos humanos. Nuevamente en 1995 vuelve a la ONU y se centra en el carácter planetario de los derechos humanos enraizados en la persona, los cuales reflejan exigencias objetivas de la ley moral universal. El mundo está iluminado por una lógica moral que posibilita el diálogo entre los hombres. Falta un acuerdo internacional que afronte de modo adecuado los derechos de las naciones, tanto en sus vertientes de “particularidad” (exigencias vitales) como de “universalidad” (obligación de unas naciones con otras y con la humanidad entera).

1.4. Algunos principios éticos para la práctica de la política

a) La verdad: En la política la libertad es la llave para la libertad. Los gobernantes están obligados por la verdad (4).

b) La justicia: La justicia se entiende aquí como un intento de dar al hombre la posibilidad de ser efectivamente hombre. La justicia exige redistribución social: unos darán más de lo que reciban y otros recibirán más de lo que dan.

c) El amor: El amor suple la falta de justicia, pero no renuncia a ella. La caridad es más que la justicia y sirve para iluminar a ésta (5). Suple la inexistencia de los derechos sociales.

d) La libertad: Aquí se define como la ausencia de coacción física o moral sobre las personas. La libertad debe reconocerse en grado sumo al hombre, y no debe restringirse sino cuando sea necesario y en la medida que lo sea (6). Y cuando sea necesario limitarla debe restituirse cuanto antes.

e) La igualdad: En la vida contemporánea es un valor fundamental de la vida social. La desigualad es rechazada por la Pacem in terris, que llama anacrónicas a las teorías que consideraban que ciertas clases sociales recibieran un trato de inferioridad y que otras fueran privilegiadas.

f) La participación: Por la participación el pueblo interviene en las tareas de gobierno. Ella se opone a la tiranía y al gobierno aristocrático. La participación se refiere a todos los ciudadanos, no sólo a la denominada clase política. Con ella se expresa de manera inequívoca la salud democrática, y para ella se debe educar.

 


NOTAS

1. CUADRÓN, A. y OTROS. Manual abreviado de Doctrina social…op. cit. B.A.C. Madrid 1996 Págs. 337-356 (volver)

2. Vid. Catecismo de la Iglesia Católica, núms. 1878-1889 (volver)

3. Vid. Catecismo de la Iglesia Católica, núms. 1923 y 2273 (volver)

4. Vid. Catecismo de la Iglesia Católica, núm. 2499 (volver)

5. Vid. JUAN PABLO II. Encíclica Dives in misericordia, núm. 12 y Vid. Catecismo de la Iglesia Católica, núm. 1889 (volver)

6. Vid. CONCILIO VATICANO II. Gaudium et spes, núm. 7, núm. 29 y núm. 75 (volver)

Andrés Francisco Peña

   

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